Boliviana condenada por traficar droga pero niegan la expulsión anticipada del país
El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a cuatro años de prisión efectiva a Yaquelín Padilla Barrientos, de nacionalidad boliviana, que en abril pasado había sido detenida con casi dos kilos de cocaína cuando viajaba en un micro desde la ciudad de Orán hacia Tucumán.
En el mismo fallo y en línea con lo planteado la fiscal subrogante, Paula Gallo, el magistrado también rechazó un pedido de la defensa para que la ahora condenada acceda a la expulsión anticipada del país.
Esta postura sienta un criterio opuesto al del TOF 2 salteño, tribunal que se pronuncia proclive a otorgar el extrañamiento anticipado, con lo cual las personas que, si bien fueron condenadas, no terminan de cumplir sus penas de prisión en el país.
La detención de Padilla Barrientos ocurrió el 4 de abril último, cuando viajaba como pasajera de un colectivo de larga distancia que había salido de la ciudad de Orán y se dirigía a Tucumán. La mujer, oriunda de la ciudad boliviana de Yacuiba, llevaba dos paquetes de droga, uno en su cartera y otro adosado al cuerpo.
La fiscal Gallo, en respuesta al pedido de expulsión anticipada de la acusada, señaló que esa vía sería imposible de aplicar. Aún si la acusada fuera ciudadana argentina, tampoco le cabría la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, por cuanto no se dan los supuestos previstos por la ley, como así tampoco una situación de vulnerabilidad que justifique apartarse de la norma.
También rebatió una supuesta alegación de violencia de género por parte de una expareja, ya que un informe socioambiental, reveló que la acusada no habría llegado a convivir con el agresor.
Finalmente, Gallo remarcó que “en el lapso de un mes, Padilla Barrientos realizó tres viajes ingresando al país por pasos no habilitados, siendo en el último viaje que Gendarmería Nacional encontró el estupefaciente entre sus pertenencias, por lo que justamente el fin resocializador de la pena no se lograría si ella regresa a su país en libertad”.