La Justicia ordenó restituir las pensiones por discapacidad que habían sido suspendidas en todo el país

El Juzgado Federal nro. 2 de Catamarca dictó una resolución que extiende la medida cautelar ya vigente en el ámbito de dicha provincia a todo el territorio nacional y, en consecuencia, ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer, en un plazo máximo de 24 horas, todas las pensiones no contributivas por “invalidez laboral” que habían sido suspendidas en virtud del Decreto 843/2024 y abonar los haberes retenidos a las personas afectadas. Además, la decisión judicial dispone que hasta tanto no recaiga sentencia definitiva, ANDIS debe abstenerse de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (Decreto 843/2024) y de disponer nuevas suspensiones.
El fallo se dictó en el marco de la acción de amparo colectivo iniciada por el Defensor del Pueblo de Catamarca junto a personas con discapacidad y diferentes instituciones.
En nuestra acción de amparo, presentada en el mes de septiembre, argumentamos que la conducta estatal había implicado una violación del debido proceso y del derecho a la protección social, a la salud y a la vida independiente de las personas con discapacidad. Además, sostuvimos que se había violado el deber de buena fe estatal al haber creado nuevas obligaciones para los beneficiarios y beneficiarias de estas prestaciones de manera simultánea con el inicio de la auditoría y sin impulsar medidas de difusión para que las personas conocieran el deber de actualizar sus domicilios.
La suspensión de más de cien mil pensiones en los últimos meses implicó un grave avasallamiento de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, profundizando la situación de vulnerabilidad y exclusión que enfrentaron históricamente. Con esta decisión, la Justicia federal reafirmó la obligación del Estado de revertir un accionar arbitrario que puso en riesgo el derecho a una vida digna.