Reforma de la Constitución: Gobernador, intendentes, diputados y senadores con una reelección. Cuatro años para los concejales
Los convencionales constituyentes aprobaron los artículos previstos en la reforma parcial de la Constitución de la Provincia de Salta.
- Gobernador y Vice pueden ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo. Es decir, no pueden estar en esos cargos más de ocho años, tampoco puede, transcurrido esos períodos, el vicegobernador presentarse como gobernador.
- Tampoco pueden ser elegidos, por un período inmediato al cese del cargo de la gobernadora o gobernador y de la vicegobernadora o el vicegobernador, sus parientes hasta el segundo grado, su cónyuge o con quien tenga unión convivencial.
- La intendenta o el intendente dura cuatro años en sus funciones y puede ser reelegido por un solo período consecutivo. No pueden ser elegidos por un período inmediato al cese del cargo sus parientes hasta segundo grado.
- Diputados y senadores duran 4 años en sus funciones y pueden ser reelegidas o reelegidos por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos no pueden ser elegidos sino con el intervalo de un período.
- Cuatro años para concejales y pueden ser reelegidos por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos no pueden ser elegidos, sino con el intervalo de un período.
- Las juezas y los jueces de la Corte de Justicia de Salta duran diez años en sus funciones, no pudiendo ser nombrados nuevamente. Son designados por el Poder Ejecutivo. Deben lograr acuerdo del Senado.
- Las legislatura abre sus sesiones ordinarias el 1 de marzo de cada año (lo hacía el 1 de abril) y las cierran el 31 de diciembre. Ese día gobernador debe informar a los legisladores el estado general de la Provincia.
