«Registradas»: Un programa que apunta a reducir la informalidad en el servicio doméstico. Pueden serguir recibiendo un plan social
El gobierno nacional puso formalmente en marcha el Programa «Registradas», que busca incentivar la registración de empleadas de casas particulares a través de distintos beneficios, entre los que se destaca el pago de hasta el 50 por ciento del salario de las nuevas trabajadoras durante un plazo de seis meses.
El anuncio se realizó este lunes al mediodía luego de que la ministra de las Mujeres, Elizabeth Gómez Alcorta; los ministros de Economía, Martín Guzmán y de Trabajo, Claudio Moroni; el presidente del Banco Nación, Eduardo Hecker, y la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, mantuvieran una reunión con el presidente Alberto Fernández.
Según se explicó oficialmente, la inscripción al programa permanecerá abierta durante octubre, noviembre y diciembre a través del sitio web de la AFIP y se aclaró que, para el trabajador, el beneficio no es contradictorio con la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, el Progresar, el Potenciar Trabajo o la Tarjeta Alimentar. Este es una falsa información que circuló y muchos la daban como un justificativo para no poner a sus empleadas en regla.
La medida implica la transferencia por parte del Estado nacional de una suma por mes equivalente al 50 o 30 por ciento de la remuneración neta mensual declarada por el empleador al momento de la inscripción al programa.
El aporte del Estado será de un 50 por ciento de la remuneración neta mensual mínima cuando «la parte empleadora tengan un ingreso bruto mensual inferior al 70 por ciento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias que actualmente es de 117.374 pesos».En cambio, será de un 30 por ciento, cuando la parte empleadora cuente con un ingreso bruto mensual que esté comprendido entre el 70 y el 100 por ciento del mínimo no imponible.
Para poder acceder a la política, la parte empleadora deberá percibir ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, y será la responsable de afrontar el porcentaje restante del sueldo, los aportes, las contribuciones y de la cuota de la ART de la trabajadora inscripta o del trabajador inscripto, según se informó oficialmente.
En el caso de la trabajadora, deberá trabajar como mínimo 12 horas semanalesy podrá estar inscripta únicamente bajo la nómina de un empleador o empleadora.La medida se aplicará a aquellas relaciones laborales nuevas con personal de casas particulares, y el empleador o empleadora deberá mantener el puesto de trabajo los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio.
Cuando el empleador o empleadora dé el alta a la nueva trabajadora en la AFIP, el Estado creará una cuenta sueldo en el Banco de la Nación Argentina para ella y transferirá allí, de manera mensual, un porcentaje del salario neto declarado (30 o 50 por ciento según corresponda), por un monto de hasta 15.000 mensuales.
El porcentaje del sueldo que paga el Estado dependerá del ingreso mensual de las y los empleadores.
Además, para poder solicitarlo, durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigencia del decreto, el empleador o empleadora debe haber percibido en promedio mensual ingresos brutos de cualquier naturaleza iguales o inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, es decir 175 mil pesos.
